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Sala Plena.

CC de Colombia ordenó que se practiquen tratamientos de fertilización in vitro de mujeres con infertilidad.

Esto, a propósito de cinco acciones de tutela presentadas por mujeres diagnosticadas con infertilidad, que solicitaron la práctica de tratamientos de fertilización in vitro, los cuales fueron negados por las EPS a las que están afiliadas.

3 de marzo de 2020

La Corte Constitucional de Colombia ordenó que se practiquen tratamientos de fertilización in vitro de mujeres con infertilidad.
Respecto a los hechos, consta que la Sala Plena estudió cinco acciones de tutela presentadas por mujeres diagnosticadas con infertilidad, que solicitaron la práctica de tratamientos de fertilización in vitro, los cuales fueron negados por las EPS a las que están afiliadas.
Al respecto, la Magistratura constitucional advirtió que la Ley de política pública de prevención de la infertilidad y de salud reproductiva (1953 de 2019) ordenó al Ministerio de Salud regular “el acceso a los tratamientos de infertilidad mediante técnicas de reproducción humana asistida (…), conforme a los lineamientos técnicos para garantizar el derecho con recursos públicos”. No obstante, se constató que dicha reglamentación no ha sido dictada hasta el momento.
Enseguida, la Corte indicó que, con todo, si el Estado financiara completamente y en todos los casos estos tratamientos, se desconocerían importantes principios del Sistema de Seguridad Social, como la sostenibilidad financiera, así como lo previsto por las normas legales y la Sentencia C-093 de 2018. Así las cosas, ante la ausencia de regulación y el déficit de protección de los derechos fundamentales previamente identificado, la Corte armonizó los principios y valores constitucionales involucrados y estableció los parámetros que deben tenerse en cuenta para la garantía de la financiación pública, en casos excepcionales, a los tratamientos de fertilización in vitro, con fundamento en la Ley 1953 de 2019.
De esa manera, la sentencia razonó que, en este sentido, mientras el Ministerio de Salud dicta la reglamentación que debe expedir de acuerdo con la ley, le corresponde a la Corte Constitucional establecer algunos lineamientos provisionales para que se garanticen los derechos reconocidos en dicha norma. Estas pautas son, entre otras:(i) La persona o pareja debe encontrarse en un rango de edad en el cual sea viable el tratamiento, de conformidad con la certificación del médico tratante. (ii) El procedimiento de fertilización in vitro debe haber sido prescrito, en principio, por un médico adscrito a la EPS a la cual se encuentre afiliado el paciente. (iii) Es necesario que se hayan agotado los demás procedimientos y alternativas de tratamiento razonables para atender la infertilidad de la persona o pareja solicitante. (iv) El médico tratante deberá indicar el número de ciclos que deban realizarse (máximo tres intentos). (v) Las personas o parejas deben carecer de la capacidad económica suficiente para sufragar el costo del tratamiento. (vi) Es necesario que la persona con infertilidad que solicite el procedimiento no haya tenido previamente hijos y que no se le haya practicado previamente un tratamiento de fertilización in vitro. (vii) Se requiere demostrar que la ausencia del procedimiento de fertilización in vitro vulnere o ponga en inminente riesgo los derechos fundamentales de las solicitantes.
Finalmente, el órgano constitucional expresó que, debido a lo anterior, la Sala Plena revocó las sentencias de los jueces de instancia que negaban o declaraban improcedentes las acciones de tutela formuladas por las mujeres diagnosticadas con infertilidad y, en su lugar, concedió la protección de sus derechos fundamentales. Igualmente, ordenó a la ADRES que adopte un procedimiento administrativo sencillo y rápido, que les permita a las personas y parejas con infertilidad obtener un concepto de esta entidad, para la práctica de tratamientos de fertilización in vitro, una vez cumplan con los requisitos fijados en esta decisión.

 

Vea texto íntegro del comunicado de prensa.

 

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  1. En colombia hoy todas las mujeres en edad reproductivas con un diagnostico previo de INFERTILIDAD pueden entutelar su EPS para que les cubran los gastos de su tratamiento.

  2. Mi realizacion como mujer es ser madre me encantaria que si no es el 100% me ayuden parcial para mi inseminacion y por fin encontrar la.razon de.mi vida al.ser mama.

    1. Deseo ser madre pero no cuento con los recursos suficiente para una inseminación, hoja existiera una fundación qué ayude a parejas que desean ser padres con tratamiento de alta complejidad. Mi nombre es ingrid suarez mi tele 3232929285 por si algún momento desea comunicarse

  3. Yo nunca he sido madre y mi mayor deseo es serlo pero los tratamientos de infertilidad son muy costosos esta noticia es la mejor para todas las mujeres que queremos ser madres y por cuestiones economicos no le hemos podido lograr gracias por averse aprobado esta ley y a todas las personas que lucharon para que fuera aprobada

  4. Bueno yo opino que ese tratamiento de in vitro es muy costoso al menos que lo finanseen yo también fui madre muy joven y el padre de mis niñas x su machismo le pago extra al medico que me operara xq tuve mi niña x cesárea no me parece justo eso

    1. hola soy mamá de 2 niñas de 14 y 15 en marzo del año pasado me enteré de que estaba embarazada fue una alegría muy grande por qué después de catorce años quedar otra vez que alegría sentíamos con mi marido mi marido y yo tenemos ocho años de estar juntos este era su primera hija lastimosamente la bb duro 51 días en el hospital nunca salió de allí solo la pudimos sacar pero para el cementerio mi marido está muy devastado cómo podemos hacer para ver si soy beneficiaria para la in victo no tengo un duro para poder practicarla la verdad tengo un vacío muy grande quiero quedar quedar en embarazo de mi marido por qué el quiere tener un bby sentir que es ser padre mi bb murió ya casi 2 meses en el hospital San Jorge

  5. Yo fui mamá a las 19 años y por precion de mi mamá de operaron hoy tengo 32 años y me gustaría ser mamá nuevamente y no tengo el dinero para pagar ese tratamiento sería genial q pensaran en nosotras también ya que no es justo con las personas que no lo podemos pagar

  6. No es justo yo fui madre a temprana edad hoy tengo 33anos y Deceo ser mamá nuevamente ya q no disfrute ser mamá por mi corta edad ahora tengo nueva pareja y deceamos un bebé no tenemos recuerdos para los tratamientos son muy caros la EPS debería de cubrir

    1. Yo, soy mamá pero por 2, embarazos ectopicos que tube me quitaroj las trompas mi esposo no tiene hijos anhelo con el alma ser madre por seguda ves lastima que sea mas economico un aborto aque nos apoyen a las que anhelamos un bb y la fecundacion invitro es super costosa por aqui dejare mi numero 3146325788 por si alguien tiene conocimiento de algunas ayudas aociales o financiacines que ayuden a que mi sueño se cumpla nuevamente me siento desesperada necesitamos ayuda a gritos