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Imagen: bostonglobe.com
Caster Semenya
Violación al principio de no discriminación.

Human Right Watch denuncia pruebas de sexo vulneratorias a mujeres atletas.

El informe declara que el Comité Olímpico Internacional debería defender los principios fundamentales de la Carta Olímpica, incluido el Principio 4, que establece que “toda persona debe tener la posibilidad de practicar deporte sin discriminación de ningún tipo”.

12 de diciembre de 2020

La organización Human Right Watch (HRW) publicó un informe en que denuncia las pruebas de sexo que realizan los órganos dirigentes del deporte a las mujeres atletas; documenta las experiencias de más de una decena de mujeres atletas del Sur Global que se han visto afectadas por las reglamentaciones sobre pruebas de sexo. Según el referido informe, estas pruebas suponen una violación de los derechos fundamentales a la privacidad, la salud y la no discriminación.

HRW señala que las mujeres atletas, en general procedentes del sur global, sufren abusos y daños causados por las reglamentaciones sobre “pruebas de sexo”. Las reglamentaciones están dirigidas a mujeres que participan en carreras entre 400 metros y una milla, y obligan a estas mujeres a someterse a intervenciones médicas o a quedar fuera de las competencias. Además, observó que las reglamentaciones globales que alientan la discriminación, la vigilancia y la intervención médica forzada tienen como resultado daños físicos y psicológicos y dificultades económicas para las personas afectadas. El Comité Olímpico Internacional – el órgano supremo de los deportes globales – está desarrollando pautas para abordar violaciones de derechos humanos causadas por las políticas de pruebas de sexo.

En particular, expresa que World Athletics ha actuado contra mujeres del Sur Global durante décadas, y ha tratado a quienes tienen altos niveles de testosterona como no humanas. Estas reglamentaciones desmerecen a las mujeres, les hacen sentir que algo de su persona es inadecuado, y las obligan a someterse a intervenciones médicas para participar en actividades deportivas. Los deportes modernos deberían adaptarse para fomentar la inclusión y erradicar la discriminación en lugar de perpetuar la exclusión y la discriminación.

A mayor abundamiento, el informe dice que, durante décadas, los órganos que rigen las actividades deportivas han regulado la participación de las mujeres en los deportes a través de reglamentaciones de “pruebas de sexo” dirigidas a mujeres atletas con algunas variaciones en sus características de sexo que hacen que sus niveles naturales de testosterona sean superiores a los habituales. Estas reglamentaciones niegan a estas mujeres el derecho a participar como mujeres en eventos de carreras de entre 400 metros y una milla, salvo que se sometan a pruebas invasivas y a procedimientos médicos innecesarios. Estas prácticas violan los derechos fundamentales a la privacidad, la salud y la no discriminación. Muchas mujeres del Sur Global —incluidas corredoras como Dutee Chand de India y Caster Semenya de Sudáfrica—han sufrido un perjuicio desproporcionado.

Para identificar a las personas alcanzadas por las reglamentaciones, los funcionarios someten los cuerpos de todas las mujeres atletas al escrutinio público y exigen que aquellas que parecen “sospechosas” se sometan a exámenes médicos degradantes y, a menudo, invasivos. Estos exámenes constituyen una forma de controlar los cuerpos de las mujeres en función de definiciones arbitrarias de la feminidad y los estereotipos raciales. No existe un consenso científico respecto de la posibilidad de que las mujeres con niveles naturalmente más altos de testosterona tengan una ventaja de rendimiento en el atletismo. Pese a que, entre los hombres, existe una amplia diversidad de niveles de testosterona, nunca se han establecido reglamentaciones análogas para ellos.

Además de las violaciones de derechos humanos que entrañan estas reglamentaciones, el impacto de su aplicación se extiende más allá del ámbito de los deportes. Tener éxito en el atletismo puede permitir que las mujeres tengan estabilidad económica. Desde educación hasta vivienda y alimentos, los beneficios pueden manifestarse tempranamente, y también puede ser una vía que conduzca a un empleo estable fuera del ámbito del deporte. Muchas de las atletas consideradas en el informe crecieron en un entorno de extrema pobreza. Su éxito en el atletismo a menudo se convirtió en una fuente de ingresos para toda su familia. En algunos casos, su alejamiento abrupto del deporte después de haber sido descalificadas resultó devastador para su propio bienestar económico y el de sus familias.

Por último, el informe declara que es necesario que World Athletics deje sin efecto estas reglamentaciones de manera inmediata. El Comité Olímpico Internacional (COI)  debería defender los principios fundamentales de la Carta Olímpica, incluido el Principio 4, que establece que “toda persona debe tener la posibilidad  de practicar deporte sin discriminación de ningún tipo”, y el principio 6, que indica que “el disfrute de los derechos y libertades establecidos en esta Carta Olímpica debe garantizarse sin ningún tipo de discriminación, ya sea por raza, color, sexo, orientación sexual, idioma, religión, opiniones políticas  de otra índole, origen nacional o social, riqueza, nacimiento u otra condición.

De esta manera, insiste HRW que el COI debe reconocer públicamente los prejuicios raciales y de género que están presentes en las reglamentaciones sobre pruebas de sexo, y eliminar todas las reglamentaciones que exigen la práctica de intervenciones que no responden a una necesidad médica y que se realizan para seguir cumpliendo con los requisitos sobre elegibilidad.

 

 

Vea texto íntegro del informe (en inglés).

Vea texto íntegro del resumen y recomendaciones del informe (español).

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