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"Los botaderos de lastre denunciados y que levantó para contener el material de desecho minero, no se encuentran aptos para el fin que fueron instalados".

Corte de Apelaciones de Iquique acogió el recurso de protección presentado por la Asociación Indígena Agrícola San Isidro de Quipisca, en contra de compañía minera, y le ordenó cesar toda intervención sobre los recursos hídricos en la quebrada de Quipisca-Parca.

El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario e ilegal de la compañía minera recurrida al realizar trabajos prospectivos sin autorización.

22 de abril de 2021

La Corte de Apelaciones de Iquique acogió el recurso de protección presentado por la Asociación Indígena Agrícola San Isidro de Quipisca, en contra de Compañía Minera Cerro Colorado Ltda. (CMCC), BHP Billiton, y le ordenó cesar toda intervención sobre los recursos hídricos en la quebrada de Quipisca-Parca y adoptar medidas de seguridad, estabilidad y corrección de botaderos de lastre.

La sentencia sostiene que, las alegaciones de la parte recurrida, que en síntesis se reducen a que los sondajes materia del recurso se ajustan a la ley, no requieren permisos ambientales ni sectoriales, no generan impactos significativos y no son clandestinos, encontrándose sometidos al imperio del derecho; y que la ejecución de sondajes no se implementó para extraer aguas subterráneas, sino, específicamente, para levantar información que permita caracterizar adecuadamente el componente hidrogeológico, sondajes que se ejecutarían en terrenos fiscales, con conocimiento de las comunidades indígenas del sector.

Para el Tribunal de alzada, argumentaciones que no poseen entidad suficiente desde la perspectiva de la acción cautelar de que se trata, de manera que el arbitrio constitucional será acogido por estimarse que el actuar de la recurrida resultó ser arbitrario e ilegal toda vez que no sólo llevó a cabo las perforaciones en el cauce del río referido sin que ninguna agencia gubernamental sea medioambiental, hídrica o minera, o tribunal autorizara dicha actividad.

Con el añadido, que los botaderos de lastre denunciados y que levantó para contener el material de desecho minero, no se encuentran aptos para el fin que fueron instalados, corriendo grave riesgo de contaminar las aguas del río de la Quebrada Quipisca, tratándose de un bien nacional de uso público que al ser intervenido de la manera descrita, afecta negativamente tanto el recurso hídrico como el entorno medioambiental, donde se radica precisamente la Asociación Indígena recurrente.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº36-2021

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