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Presunción de inocencia.

Tribunal de Países Bajos absolvió a un hombre por el delito de abuso sexual en perjuicio del hijo de su pareja. El niño no pudo rendir declaración por si mismo con ocasión de su autismo y porque la sola declaración de la madre es insuficiente.

Los delitos sexuales son casos técnicamente difíciles, de modo que además de la declaración, se requieren pruebas de respaldo.

20 de enero de 2023

El Tribunal de Güeldres (Países Bajos) absolvió a un hombre acusado por el delito de abuso sexual a un menor en perjuicio del hijo de su ex pareja.

El caso tiene su origen luego que un amigo de la familia le comentara a la madre del niño de 12 años que su pareja en el pasado había sido condenado por un delito de abuso sexual, circunstancia que motivó a la madre a preguntarle a la presunta víctima acerca del acusado, respondiéndole aquella que le daba miedo y que le dolían sus nalgas cuando lo penetraba.

Al respecto, y considerando que tanto la defensa como el Ministerio Publico solicitaron la absolución del hombre de 32 años, el Tribunal razona que “(…) los delitos sexuales son casos técnicamente difíciles. A menudo, la declaración de quien denuncia y declara, que dice que el imputado ha hecho algo, se opone a la del imputado, que dice que no lo ha hecho. En general no hay testigos de los hechos alegados y es por eso que, además de la declaración, se requieren pruebas de respaldo.

Enseguida, advierte que “(…) una dificultad adicional en la investigación es que la presunta víctima, no pudo rendir declaración por sí misma. No fue posible hablar de esto debido a su autismo.”

Agrega el fallo que “(…) de las declaraciones de la madre del niño se desprende que la denuncia fue realizada después que el amigo de la familia hubiera hablado con ella acerca del pasado de su pareja.”

En ese sentido, considera que “(…) podría ser que el niño escuchó algunas cosas cuando la madre habló con su abuela en la cocina, mientras la víctima estaba en la sala de estar sentado frente al televisor o bien cuando su madre hablaba por teléfono acerca de lo que le contaron de su pareja.”

En base a lo anterior, el tribunal considera que no se probó fehacientemente que el acusado sea culpable de los cargos que se le imputaron.

 

Vea sentencia Tribunal de Güeldres Rol N°11-2023.

 

 

 

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