Recurso de protección acogido por Corte de Punta Arenas.
Sindicato debe obrar conforme a sus estatutos en procedimiento de expulsión de una de sus socias.
De lo contrario se afectan los derechos de la actora, toda vez que, aunque puede ejercer su derecho a la defensa en la Asamblea de socios, no puede hacerlo frente a las conclusiones de la comisión ad-hoc.

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió el recurso de protección interpuesto una trabajadora contra el Sindicato de Asistentes de la Educación de la Corporación de Educación de Puerto Natales, por haber iniciado en su contra un proceso de expulsión.
La recurrente expuso que durante el mes de abril los asistentes de la educación del sindicato adhirieron a un paro al que no se unió por lo que asistió con normalidad a cumplir sus labores en la Corporación de Educación.
Explica que por no adherir al paro le fue solicitada su renuncia a la entidad, aclarando con posterioridad que lo que se habría decretado a su respecto es su expulsión del sindicato.
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