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Protección de la libertad de asociación.

Consejo de Estado de Francia suspende los efectos de un decreto ejecutivo que ordenó la disolución de un grupo ecologista radical.

Cuestionó la legalidad del acto por no cumplir los requisitos establecidos en el Código de Seguridad Interior. Las autoridades han advertido sobre la violencia del grupo, que ha llevado a cabo ataques contra la propiedad privada y las fuerzas de seguridad.

17 de agosto de 2023

El Consejo de Estado de Francia dispuso suspender el decreto ejecutivo que ordenó la disolución del grupo “Levantamientos de la Tierra» (SLT, por sus siglas en francés), grupo radical ecologista que ha liderado una serie de ataques contra la propiedad privada para alentar la “desobediencia civil”. La judicatura cuestionó la legalidad del acto, y albergó serias dudas respecto a la calificación de “actos violentos” expresada por las autoridades.

El Gobierno francés considera que SLT ha utilizado la protección del medio ambiente como excusa para “incitar la comisión de sabotajes y destrozos materiales, también mediante la violencia” incluso contra las fuerzas de seguridad. En este sentido ha citado unos disturbios ocurridos en diciembre pasado, en los que numerosos policías resultaron heridos por la acción del grupo.

El Consejo estimó que para dictaminar la suspensión era necesario cumplir con dos condiciones: que el asunto trate sobre una situación de emergencia y que existan serias dudas sobre la legalidad del acto. En el caso concreto, consideraron que el decreto infringía la libertad de asociación y, además, cuestionaron su legalidad al tenor del Código de Seguridad Interior, cuerpo normativo en el cual las autoridades fundaron su decisión.

“Los jueces estiman que los elementos aportados por el Ministro del Interior y de los Territorios de Ultramar para justificar la legalidad del decreto que disuelve a la agrupación no parecen suficientes en relación con los requisitos establecidos en el Código de Seguridad Interior. En efecto, ni los documentos obrantes en el expediente, ni los intercambios durante la audiencia, permiten considerar que el colectivo avala en modo alguno actos violentos hacia las personas”, señaló el Consejo de Estado en un comunicado.

 

Vea texto del fallo.

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