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imagen: La Tercera
Resolución de la Corte Suprema.

Recurso de protección de ex Carabinero Claudio Crespo en contra de la Senadora Fabiola Campillai se acoge a trámite.

Solicita que se ordena a la senadora emita un comunicado de disculpas públicas en el que reconozca que, con sus declaraciones, ha vulnerado sus derechos constitucionales.

20 de septiembre de 2023

La Corte Suprema revocó la resolución en alzada y declaró admisible el recurso de protección interpuesto por el ex oficial de Carabineros, Claudio Crespo, en contra de la senadora Fabiola Campillay por expresiones y publicaciones que estima vulneran sus derechos constitucionales.

El recurrente expone que la senadora en un acto masivo en el centro de la comuna de Santiago se refirió a él como un “violador de derechos humanos”, y afirmó que “la empresa familiar de Claudio Crespo” fue beneficiaria de una contratación por parte del delegado de la provincia del Maipo”, expresándose literalmente en los siguientes términos: “No puede ser que un delegado de la provincia del Maipo en donde yo pertenezco le haya pagado alrededor de 40 millones de pesos a la empresa familiar que tiene Claudio Crespo. No puede ser que el gobierno le esté pagando a un violador de derechos humanos”.

Agrega que la senadora subió además a sus redes sociales una declaración pública en la que vuelve a calificarlo como “violador de derechos humanos”, cuyo texto transcribe en su libelo, en el cual expresa «su profundo rechazo por la contratación vía trato directo por la Delegación Presidencial Provincial de Maipo de la empresa de seguridad Full Clean S.A., propiedad de la familia de Claudio Crespo, ex-carabinero imputado por cegar a Gustavo Gatica y de manipular evidencia en este caso, que se desempeña como gerente de operaciones en esa empresa. Consideramos inaceptable que una institución gubernamental tenga tratos contractuales con empresas vinculadas a personas imputadas en causas de violaciones a los Derechos Humanos. Más aún, cuando estas tienen relación con materias de seguridad».

Añade que junto a la publicación de la declaración, la senadora facilitó un formulario público de contacto para que cualquier persona, natural o jurídica, pueda adscribir a la declaración, a lo que han seguido presiones ejercidas a altas autoridades de Gobierno tendientes a perseguirme laboralmente, a atacar mi presencia laboral en la referida empresa, al punto que días después de la declaración escrita, el Presidente de la República solicitó la renuncia al delegado provincial del Maipo, como lo informó la página de Radio Bio Bio con el siguiente titular: “Renuncia delegado presidencial de Maipo tras polémica con Campillai por empresa de Crespo”.

Puntualiza que la empresa no le pertenece, según dan cuenta los documentos que acompaña que son públicos, lo que ha llevado a que numerosos medios de comunicación se hagan eco de esa errónea información y lo sindiquen como el propietario de esa empresa, lo que ha  desencadenado una serie de mensajes de correo electrónico, ofensivos y amenazantes, donde se leen amenazas a su integridad física, a sus hijos y esposa, generándole un daño moral inconmensurable, por lo que ha debido comenzar un tratamiento psiquiátrico farmacológico a causa de ataques de ansiedad, insomnio, y temor permanente por la seguridad de su familia, provocándole un menor rendimiento en su empleo, ausentismo, y preocupación permanente.

Aclara que después de 27 años de prestar servicios en Carabineros se desempeña como empleado en la empresa Full Clean S.A., en calidad de empleado cumpliendo las funciones que describe en su libelo, y que su certificado de antecedentes penales se encuentra “sin anotaciones”; sin condena por delito alguno, y que solo se encuentra investigado en un proceso penal en curso en calidad de imputado como eventual responsable de lesiones graves-gravísimas que sufrió un ciudadano en el contexto de tareas de mantenimiento del orden público durante los desórdenes públicos acaecidos en octubre de 2019, y en el que sostiene su total inocencia en los hechos que se le imputan, no obstante, la senadora lo califica en el acto masivo y público  como “un violador de derechos humanos”.

Agrega que la recurrida realiza una persecución pública antijurídica en su contra y de la empresa en la que se desempeña como empleado y para ella no existe posibilidad alguna de que sea inocente, afirma en su libelo. Se trata de una persecución mediática y personal que conculca su integridad psíquica, el derecho a la honra, la libertad de trabajo, la igualdad ante la ley, la presunción de inocencia, por lo que solicita se acoja el recurso y se ordene a la senadora emitir un comunicado de disculpas públicas con expresa mención a su persona y familia, en el que reconozca que, con sus declaraciones, ha vulnerado sus derechos constitucionales, y se comprometa en lo sucesivo a no perseguirlo laboralmente.

La resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible el recurso de protección fue revocada por la Corte Suprema en alzada, al considerar que, “del mérito de los antecedentes aparece de manifiesto que en el libelo interpuesto en autos se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, razón por la que el recurso debió haber sido acogido a tramitación”.

 

Vea resolución de la Corte Suprema y  texto del Recurso de Protección.

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