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Delitos sexuales.

Corte de Concepción no dio curso a recurso de amparo interpuesto en favor del Alcalde de Renaico, Juan Carlos Reinao, por ser ininteligible.

El recurrente solicitó que se ordene al Presidente Gabriel Boric, explicar los motivos que lo hicieron apartarse de sus promesas por los derechos humanos, particularmente, el apoyo al pueblo mapuche.

11 de noviembre de 2023

La Corte de Apelaciones de Concepción no dio lugar a darle curso a un recurso de amparo interpuesto por un exiliado político en favor del Alcalde de la Municipalidad de Renaico, Juan Carlos Reinao, en contra del Presidente de la República, Gabriel Boric.

El recurrente alegó que, con ocasión de que él durante la dictadura fue acusado injustamente por un delito de violación, respecto del cual estuvo 15 meses en prisión hasta que fue declarado absuelto 10 años después, tiene conocimiento de causa en cuanto el Estado de Chile tiende a atacar a un grupo de chilenos y mapuches hasta lograr que los condenen por delitos que resultan muy difícil defenderse, como es el caso del Alcalde de Renaico, quien arriesga su seguridad individual si ingresa a prisión, en razón de su calidad de autoridad, motivo por el cual estima que el Alcalde debió aislarse, ya que no tiene otra forma de defenderse, pues independientemente de que resulte absuelto, las anotaciones policiales permanecerán como fue en su caso, toda vez que la PDI aún se niega a eliminarlas.

De ahí que, solicita que se ordene al Presidente Gabriel Boric, que explique los motivos que lo hicieron apartarse de sus promesas por los derechos humanos, particularmente el apoyo al pueblo mapuche, pues su propio Gobierno le solicitó a las policías darle prioridad al arresto del Alcalde.

La Corte no dio lugar a la acción de amparo por ser ininteligible el escrito.

 

Vea resolución Corte de Concepción Rol N°468–2023.

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    1. Luis, la Corte no le dio curso por ininteligible, o sea no se logra entender la vinculación entre los hechos que se relatan y lo que se solicita, todo bien tocayo.