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imagen: estadovirtual.cl
Plebiscito constitucional.

Voto asistido en las votaciones y elecciones populares.

Las personas con discapacidad pueden hacer uso de su derecho al voto asistido, para lo que pueden ir acompañadas de una persona mayor de 18 años de su confianza, o solicitar asistencia al presidente de la mesa. Asimismo, los perros de asistencia pueden acompañar a sus dueños durante todo el proceso.

14 de diciembre de 2023

El voto asistido en nuestro país se encuentra regulado por la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, a través del reconocimiento del derecho a la asistencia en el sufragio de las personas con discapacidad visual, auditiva o de otra índole que les impida ejercer su derecho a voto de manera autónoma.

Por lo anterior, las personas que requieran asistencia para votar pueden ser acompañadas por una persona mayor de 18 años de su confianza, quien deberá identificarse ante la mesa receptora de sufragios y firmar un registro especial.

La persona que asiste en el voto no puede ser candidata ni estar afiliada a un partido político, y solo puede asistir a una persona en el acto de votación.

En estos casos, la presidencia de la mesa debe esperar fuera de la cámara secreta para doblar y cerrar el voto con el sello adhesivo que entregan cuando pasan la papeleta.

Asimismo, quedará constancia del nombre del elector que utiliza el voto asistido y de quien lo asiste en el acta de mesa.

Si la persona no puede ingresar a la cámara secreta por usar camilla, silla de ruedas u otro motivo, estarán autorizados para sufragar fuera de ella. En este caso, la mesa deberá adoptar las medidas necesarias para mantener el secreto del voto.

Voto asistido para personas ciegas o con discapacidad visual

Las personas ciegas o con discapacidad visual podrán solicitar a la presidencia de la mesa la plantilla de votación con ranuras o la plantilla con ranura y sistema Braille.

Estas plantillas existirán en cada local de votación y podrán ser solicitadas al delegado del local.

Voto asistido para personas sordas o con discapacidad auditiva

Las personas sordas y personas con discapacidad auditiva pueden expresar, a través de la lengua de señas chilena o por escrito, que desean hacer uso del voto asistido.

El SERVEL contará con intérprete en lengua de señas chilena online para apoyar y facilitar la atención de personas sordas, como una manera de promover la inclusión y participación informada.

Además, se debe permitir el ingreso de perros de asistencia, los que pueden acompañar a sus dueños durante todo el proceso.

 

Vea Ley 18.700, orgánica constitucional sobre  votaciones populares y escrutinios.

 

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