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Proponen subir sanciones.

Hasta 540 días de presidio y más 250 mil pesos de multa arriesgan quienes arrojen basura en sitios eriazos y espacios públicos.

Así lo establece el proyecto que llegó al Senado, en segundo trámite, y que será estudiado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

12 de febrero de 2024

Modificar el Código Penal, para aumentar las sanciones a quienes arrojen basura en sitios eriazos y espacios públicos, es el objetivo principal del proyecto de ley que ingresó al Senado, en segundo trámite constitucional, y que será analizado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

¿QUÉ DICE EL PROYECTO?

La iniciativa eleva los rangos sancionatorios del Código Penal a quienes cometen este tipo de conductas en sitios eriazos y espacios como plazas, caminos o calles, playas o monumentos naturales.

¿QUÉ SANCIONES SE PROPONEN?

Para quienes incumplan la norma, se propone pena de presidio menor en su grado mínimo (de 61 a 540 días) y una multa de 4 UTM (aproximadamente $257.372). Además, se establece la prestación de servicios en beneficio de la comunidad a quienes ensucien, arrojen o abandonen basura, materiales o desechos, en dichos espacios.

La pena de prestación de servicios se aplicará debiendo existir consentimiento previo del condenado; de no existir consentimiento, se aplicará la pena accesoria de multa de 8 UTM (aproximadamente $514.744), sin perjuicio de la pena privativa de libertad.

También se propone sancionar con la misma pena de presidio, multa de 10 UTM y suspensión para conducir vehículos a tracción mecánica o animal, al que encargue o transporte, mediante vehículos motorizados o no motorizados el transporte, traslado o depósito de basuras, desechos o residuos a vertederos o depósitos clandestinos.

Además, se propone sancionar con la pena señalada, pero aumentada en un grado (desde 541 a 3 años y 1 día) y multa de 15 UTM, a quienes cometen este tipo de conductas en playas, riberas de ríos y zonas protegidas, tales como monumentos naturales, áreas de conservación u otros de similares características de protección por parte del Estado.

Se propone incorporar en el Código Penal, un nuevo epígrafe en el Párrafo XVII del Título Sexto del Libro Segundo, que trata sobre de los crímenes y simples delitos contra el Orden y la Seguridad Públicos cometidos por particulares, con un nuevo artículo 341 bis.

Artículo único.- Modifícase el Código Penal, en el siguiente sentido:

Incorpórese un nuevo Párrafo XVII en el Título Sexto del Libro Segundo, del siguiente tenor:

XVII. SANCIONA BOTAR BASURA O DESECHOS EN LOS LUGARES QUE INDICA

Art. 341 Bis: El que ensuciare, arrojare o abandonare basura, materiales o desechos de cualquier índole en calles, plazas, sitios eriazos, espacios públicos u otros bienes nacionales de uso público se les aplicará la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad consistente en la limpieza de calles, plazas, caminos o espacios públicos que determine el tribunal. Esta pena se regulará conforme a lo dispuesto en los artículos 49, 49 bis, 49 ter, 49 quáter, 49 quinquies y 49 sexies, debiendo existir consentimiento previo del condenado. En caso de no haber consentimiento, se aplicará la pena de multa de 4 unidades tributarias mensuales.

El que encargue o transporte, mediante vehículos motorizados o no motorizados el transporte, traslado o depósito de basuras, desechos o residuos de cualquier tipo a los lugares antes indicados o en vertederos o depósitos clandestinos será sancionado con la pena de prisión en su grado mínimo a máximo.

Sin embargo, si alguna de las conductas descritas en los incisos anteriores se realizará en playas, riberas de ríos o de lagos, parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales o en otras áreas de conservación de la biodiversidad declaradas bajo protección oficial, serán sancionados con la pena de presidio menor en su grado mínimo, en consideración a la cantidad de basura o desechos arrojados en estos lugares.

 Elimínense en el artículo 494 del Código Penal el Numeral 3, pasando el actual 4 a ser 3 y así sucesivamente.

 

Vea moción del Boletín Nº15815-07 y siga su tramitación aquí

 

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