Diario Constitucional

Recurso de nulidad rechazado.

Sustraer especies del patio interior de una casa luego de haber escalado el muro perimetral constituye un delito de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado, resuelve Corte de Valparaíso.

El acceso a esta área expuso a los residentes a un riesgo equivalente al que habrían enfrentado si el ingreso hubiera sido a las habitaciones.

Por Redacción·12 de marzo de 2024·2 min de lectura
Sustraer especies del patio interior de una casa luego de haber escalado el muro perimetral constituye un delito de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado, resuelve Corte de Valparaíso.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, que condenó al acusado a la pena cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado.

El recurrente alegó que se falló con errónea aplicación del derecho, ya que se condenó al acusado por el delito de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado, en circunstancias que lo robado fue sustraído del patio interior del inmueble, es decir, la dependencia de donde fueron sustraídas las especies no era un lugar habitado, en cuanto al ser un patio no había personas presentes como tampoco estaba destinado para ser habitado por personas. En otros términos, el tribunal incluyó el patio de una casa en una categoría de manera indebida a la definida por la ley y por la doctrina, pues el lugar no cuenta con las características necesarias para que se configure el delito, pues no se probó que en dicha área se realizaran actividades domésticas.

En mérito de ello, invoca en su impugnación la causal de nulidad de la letra b) del artículo 373 del Código Procesal Penal.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.