Noticias

Moción.

Proyecto de ley modifica la Ley que crea la Unidad de Análisis Financiero, para fijar un monto máximo para transacciones que se realicen en dinero efectivo, como una medida para combatir el lavado de activos.

El lavado de activos sigue siendo un desafío global, en nuestro país las autoridades están comprometidas en su combate y han logrado importantes avances en la identificación y seguimiento de activos ilícitos.

24 de abril de 2024

La iniciativa, patrocinada por los senadores Kenneth Pugh, Gastón Saavedra y Gustavo Sanhueza, junto a la senadora María José Gatica, modifica la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero, para establecer un tope máximo en las transacciones en efectivo para fortalecer la seguridad financiera, mejorar la transparencia y promover una economía más sólida.

Los autores de la moción explican que, el lavado de activos se refiere al proceso mediante el cual se oculta o disfraza el origen ilícito de fondos o bienes, haciéndolos parecer legítimos. Es una práctica común en actividades delictivas como el narcotráfico, la corrupción, el fraude y el contrabando. En esencia, esta actividad permite a los criminales disfrutar de las ganancias de sus actividades ilegales sin levantar sospechas.

Afirman que, la Brigada Investigadora de Lavado de Activos (Brilac) ha estado trabajando arduamente para detectar y combatir este fenómeno. Durante el año 2020, lograron identificar cerca de 7 mil millones de pesos en fondos obtenidos de actividades ilícitas, destacando el fraude al Fisco y el contrabando como los principales delitos subyacentes. Estos resultados operativos solo reflejan una parte de su labor, ya que no incluyen, por ejemplo, las incautaciones realizadas en el marco de la Ley de Drogas.

Agregan que, los delitos base que originan el lavado de activos en Chile son diversos e incluyen, además del narcotráfico, la venta ilegal de armas, la trata de personas, las redes de prostitución, la malversación de fondos públicos, el fraude informático, el cohecho, el terrorismo, entre otros. Las ganancias ilícitas se encuentran en categorías como activos congelados, bienes inmuebles, dinero y vehículos motorizados.

Complementan lo anterior, señalando que Chile se ha destacado en la lucha contra el lavado de activos a nivel regional. Según el Índice Antilavado de Dinero – AML 2020, Chile es considerado el país con menor riesgo de lavado de activos y financiamiento del terrorismo en América Latina y el Caribe. Esto demuestra los esfuerzos y la efectividad de las instituciones chilenas en la prevención y detección de estas prácticas ilícitas.

Afirman que, una de estas medidas es precisamente establecer un tope máximo en el monto de transacciones en efectivo, lo que puede tener varios beneficios tanto para la economía como para la seguridad financiera.

Por otra parte, señalan que otro delito que se ve facilitado por el uso de dinero efectivo en altos montos es el de robo de madera, la comisión investigadora de la Cámara de Diputados creada para abordar precisamente este delito arrojó en sus conclusiones en julio de 2023 que el Estado tiene una débil capacidad en su persecución y propone -entre otras- tomar medidas encaminadas a perseguir la ruta del dinero, algo que con este proyecto se busca favorecer.

Fundamentan lo anterior, señalando que al requerir que las transacciones superiores a cierto monto se realicen mediante medios electrónicos, se facilita el seguimiento y la detección de movimientos financieros sospechosos. Además, estas transacciones al dejar un rastro digital permiten un seguimiento más eficiente, facilitando la auditoría y la investigación en caso de irregularidades o disputas. Y, además, son menos vulnerables al robo y la pérdida en comparación con el efectivo.

Asimismo, sostienen que, al limitar las transacciones en efectivo, se desincentiva la evasión fiscal y la economía no registrada. Conjuntamente, relevan que, al promover el uso de tarjetas bancarias y otros medios electrónicos, se facilita el acceso a servicios financieros para aquellos que no tienen cuentas bancarias.

De allí que proponen agregar un nuevo artículo 28 bis a la Ley que crea la Unidad de Análisis Financiero, del siguiente tenor:

“Queda prohibida la utilización de dinero en efectivo para todo pago que sea superior a las 135 Unidades de Fomento, debiendo en consecuencia realizarse la transacción mediante otro medio de pago.”

El proyecto de ley se encuentra en primer trámite constitucional radicado para su estudio en la Comisión de Economía del Senado.

 

Vea texto de la moción Boletín N° 16.764-03 y siga su tramitación aquí.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *