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El impugnante solo formula una crítica general.

Corte de Santiago confirma fallo que acogió demanda por despido indebido de vendedoras de multitienda.

El Tribunal de alzada descartó error de derecho en la sentencia que acogió la demanda, tras desestimar la causal de necesidades de la empresa, esgrimida en la comunicación de despido de las trabajadoras.

18 de febrero de 2022

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones deducida por dos vendedoras en contra de su exempleadora, de empresa de retail Comercializadora SA (Hites).

El fallo señala que la causal invocada requiere, para ser acogida, los siguientes requisitos: a) que el recurrente singularice cuáles fueron los medios de prueba omitidos; b) que el sentenciador efectivamente haya omitido el análisis de determinados medios de prueba en su sentencia, y c) que esa omisión influya sustancialmente en lo dispositivo del fallo.

Para el Tribunal de alzada, en la especie basta apreciar el fundamento de esta causal en el recurso, en que reproduce íntegramente el considerando octavo del fallo recurrido, y parte del fundamento décimo, para colegir que no se cumple con el primer supuesto de esta causal, antes anotado.

Añade que el impugnante se dedica a señalar una y otra vez que la sentenciadora ‘no analizó toda la prueba rendida’, pero en parte alguna de su exposición singulariza qué medios de prueba se omitió analizar; solo formula una crítica general, lo que impide a esta Corte hacer el contraste con el reproche omisivo que manifiesta en su arbitrio.

Concluye que la causal esgrimida carece de fundamento y también debe ser rechazada.

 

Vea sentencia Corte de Santiago Rol Nº1.226-2021 y primera instancia RIT O-6609-2020.

 

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