Columnistas

Daniel Lagos
Jefe área de Litigios, Vergara, Fernández, Costa & Claro (2021). Abogado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Concepción, Concepción, Chile. Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción, aprobado con distinción máxima (7.0) (2015). Egresado el año 2014, tercer lugar del ranking generación 2009. Diplomado Derecho Administrativo, Facultad de Derechos de la Pontificia Universidad Católica de Chile (2017). Abogado Asociado, Vergara, Fernández, Costa & Claro (2016). Forma parte del Área de Litigios del estudio. Su práctica se enfoca en Juicios Civiles, Laborales y Regulatorios.

El Servicio Agrícola y Ganadero excede sus facultades al exigir una consulta de pertinencia ambiental para certificar que un proyecto de subdivisión de predio rústico cumple con la normativa vigente, aun cuando dicho predio se emplace en una área de protección dentro del respectivo Plan Regulador.

El principio de juridicidad y legalidad previsto en los artículos 6° y 7° de la Constitución Política de la República y 2° de la ley Nº 18.575, impone a los Órganos de La Administración del Estado el deber de sujetar estrictamente su actuación a la esfera de su competencia y la prohibición de ejercer más atribuciones que las que expresamente les haya conferido el ordenamiento jurídico de manera que, para certificar que un proyecto de subdivisión de predio rústico cumple con la normativa vigente, el Servicio Agrícola y Ganadero (“SAG”) no puede imponer el cumplimiento de requisitos no contemplados en la Ley.

12 de septiembre de 2023


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