Cartas al Director

Justicia antigua.

Adolfo Paúl Latorre

5 de abril de 2024


En relación con la “justicia antigua” aplicada a Cristián Campos, cabe comentar que la aplicación en la actualidad del antiguo sistema de procedimiento penal, conjuntamente con el nuevo, significa una brutal violación de la garantía constitucional de igualdad ante la ley y del derecho humano a un debido proceso; y constituye una discriminación arbitraria prohibida constitucionalmente.

La aplicación del antiguo sistema que no respeta tal derecho humano, conjuntamente con el nuevo que sí lo respeta, se debe a la torcida aplicación de la disposición constitucional octava transitoria, que fue establecida para salvar tal discriminación durante el tiempo que tomó la implementación gradual de la reforma procesal penal —entre el 16 de diciembre de 2000 y el 16 de junio de 2005—, puesto que durante ese tiempo en unas regiones ya había entrado en vigor el nuevo sistema y, en otras, seguía vigente el antiguo. Al respecto, la Corte Suprema ha declarado: “En un Estado Democrático de Derecho no resulta concebible que sus ciudadanos se encuentren sometidos a dos clases distintas de justicia”.

 

Adolfo Paúl Latorre

Abogado

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