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15 días.

Moción aumenta plazo para ejercer derecho de retracto en contratos celebrados por internet.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo, de la Cámara de Diputados.

24 de septiembre de 2015

La moción de los diputados Coloma, Gahona, Hasbún, Hernández, Hoffman, Kast, Lavín y Ward, expone que nuestro país en materia digital se encuentra a la vanguardia, no solo a nivel latinoamericano sino también mundial.

Observa luego que en esta evolución pasamos de ser un país receptor de información a una nación consumidora del internet, en el sentido de usar esta plataforma para realizar diversas transacciones comerciales que posibilitan a los consumidores mayor bienestar, en todos los sentidos, a partir de la comodidad de realizar estos actos jurídicos en la tranquilidad del hogar y sin presión alguna.

Sin embargo, los autores de la iniciativa arguyen que no obstante de ser un país modernizado a nivel de telecomunicaciones, no se encuentra exento de hechos fraudulentos u otras anomalías de orden legal o técnico.

Al efecto, sostienen que no es aislado pensar en deficiencias en los artículos comercializados por Internet, o dificultades en la distribución de los mismos, como también estafas y otras defraudaciones.

En ese sentido, la iniciativa aduce que la venta o comercialización de bienes a través de Internet se encuentra regulada en nuestro país fundamentalmente a través de la ley del consumidor sin perjuicio de la existencia de otras regulaciones establecidas en otros cuerpos normativos, que contemplan entre otras facultades, el derecho de retracto que posee todo consumidor, el que debe ejercerse en el plazo de 10 días, contados desde la recepción del producto, ya sea por la compra de bienes y contratación de servicios y en los contratos celebrados por medios electrónicos que en muchas ocasiones la aproximación física que tienen los clientes al bien que se adquiere se perfecciona en un plazo superior a los aludidos 10 días, impidiendo ejercer el derecho que le reconoce nuestra legislación.

Por tales razones, y con el objeto de hacer frente a lo antes expuesto, el proyecto de ley propone modificar el artículo 3º de la Ley Nº 19.496, estableciendo una ampliación del plazo de retracto con que cuenta un consumidor que adquiere un bien a través de internet, aumentándolo hasta en 15 días.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo, de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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