Noticias

Debido proceso.

TC admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma que impediría a empleador solicitar judicialmente disolución de un sindicato.

La gestión pendiente invocada recae en autos sobre juicio ordinario sobre acción de mera certeza, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción.

10 de diciembre de 2016

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 297, inciso primero del Código del Trabajo, que regula algunas causales de la disolución de organizaciones sindicales.

La gestión pendiente invocada recae en autos sobre juicio ordinario sobre acción de mera certeza, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión pendiente y a sus apoderados.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 3287-16.

 

RELACIONADOS

* Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que impediría a empleador solicitar judicialmente disolución de un sindicato…

* TC declara inconstitucional expresión “sindicatos” contenida en norma de proyecto que moderniza sistema de relaciones laborales…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *