Cuando el artículo 258 del Código Procesal Penal faculta al juez para autorizar la acusación formulada por el querellante, rigen las mismas limitaciones que tiene el Ministerio Público para acusar.
23 de octubre de 2022
Cuando el artículo 258 del Código Procesal Penal faculta al juez para autorizar la acusación formulada por el querellante, rigen las mismas limitaciones que tiene el Ministerio Público para acusar.