Calle en mal estado

Municipalidad de Chillán debe indemnizar el daño moral causado a transeúnte que sufrió caída producto de una tapa de concreto que sobresalía en una de las avenidas de la comuna y que no contaba con señalización.

El inciso penúltimo del artículo 169 de la Ley del Tránsito, dispone que la Municipalidad respectiva es responsable civilmente de los daños que se causaren con ocasión de un accidente que sea consecuencia del mal estado de las vías públicas o de su falta o inadecuada señalización.

17 de enero de 2023