Cese provisorio de alimentos

Mujer debe devolver la pensión de alimentos de su hija que percibió mientras la menor residía con su padre, pues ello configura un enriquecimiento sin causa.

La madre siguió percibiendo una cuota destinada a la hija, sin haber demostrado su utilización en su beneficio, lo que importa una apropiación indebida del crédito, pues ella no es la destinataria de la cuota alimentaria. Por ende, y dado que no alegó, ni acreditó que desde esa fecha afrontó gastos de la hija, adeuda las sumas percibidas sin causa. Ello configura un abuso de derecho y un enriquecimiento sin causa.

22 de mayo de 2023