CIADI

CIADI: a propósito de la reciente denuncia por parte de Honduras de la Convención de Washington de 1965, por Nicolas Boeglin.

En los últimos decenios, el CIADI ha despertado muchas reservas en diversos círculos en América Latina pero también en otras latitudes, ante la falta de transparencia en sus procedimientos, el perfil de sus árbitros (muchas veces poco familiarizados con álgidos temas legales como la protección del ambiente, el derecho al agua y los derechos de las poblaciones indígenas, el derecho administrativo y constitucional), así como los montos millonarios y a veces desproporcionales a los que se ha condenado a Estados en algunos casos, por demandas claramente abusivas de un inversionista extranjero.

27 de marzo de 2024

Estados miembros de la Unión Europea pueden recurrir los procedimientos arbitrales del CIADI en sede nacional, resuelve el Tribunal Federal de Justicia de Alemania.

3 de septiembre de 2023
Una revisión posterior de una sentencia arbitral del CIADI por parte de un tribunal nacional es obligatoria de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por razones previstas en el derecho de la UE, contrarias al sistema de normas del Convenio del CIADI. En un contexto intra-UE, dicha revisión puede ser anulada de manera vinculante mediante una revisión judicial nacional facilitada por el legislador alemán.

TPP11, QUINTA PARTE: inversiones.

3 de febrero de 2023
Prescribe que los mecanismos de inversión deben ser respetuosos con la legislación de los Estados partes, en especial cuando se refiere a la salud y el medio ambiente. También reglamenta un procedimiento de solución de controversias inversor-Estado.