Concurso ideal

Hipótesis contempla el artículo 196 bis numeral 2° de la ley de Tránsito está referida a un delito singular, por lo que no procede aplicar la pena conforme a ella si se trata de un concurso ideal de delitos.

La intención del legislador fue establecer un trato más severo para el conductor ebrio que causa resultados graves, como es el caso de la muerte o lesiones graves gravísimas de sus víctimas, y precisamente por ello deja vedado al tribunal la posibilidad de tomar en consideración lo dispuesto en los artículos 67, 68 y 68 bis del Código Penal en dichos eventos.

27 de abril de 2024

Condena impuesta a acusado por conducir vehículo en estado de ebriedad causando muerte y lesiones graves, se confirma por la Corte Suprema.

1 de septiembre de 2023
El Ministerio Público intentó anular el fallo y solicitar un mayor castigo, debido a que en su opinión los hechos acusados son constitutivos de un concurso ideal de delitos, y no de un concurso aparente de normas penales. No obstante, el máximo Tribunal estimó que en aplicación del principio “non bis in ídem”, debía preferirse la sanción establecida en el artículo 196 Nº2 de la Ley Nº18.290, que subsume todos los resultados en un solo tipo penal.

Hombre que asesinó a su cónyuge en presencia de sus hijas es absuelto del delito de lesiones psíquicas en contra de ellas al no acreditarse vínculo causal a través de un diagnóstico médico.

14 de noviembre de 2022
La ausencia de otros datos más concluyentes conduce a admitir que las perturbaciones psíquicas sufridas por las menores bien pudieron tener su origen en el abandono sufrido, quedando entonces consumidas en ese delito como un efecto de la conducta delictiva, lo que impide una condena autónoma por delitos de lesiones.