Derecho a la dignidad

Instrucciones del empleador que regulan el uso de dispositivos digitales en el trabajo deben elaborarse conjuntamente con los representantes de los trabajadores, resuelve el Tribunal Supremo de España.

Con independencia de que tan amplias posibilidades de acceso pudieran, en su caso, colisionar gravemente con los derechos a la intimidad y dignidad de los trabajadores; lo cierto es que tales criterios debieron ser fijados con la participación de los representantes de los trabajadores, tanto en atención al discutible contenido de los mismos, como a su contenido de especificación novedosa de anteriores instrucciones.

4 de marzo de 2024