Los contratos celebrados por la Administración gozan de presunción de legalidad, y no pueden convalidar libremente las disposiciones del artículo 162 del Código del Trabajo.
16 de enero de 2023
Los contratos celebrados por la Administración gozan de presunción de legalidad, y no pueden convalidar libremente las disposiciones del artículo 162 del Código del Trabajo.