El máximo Tribunal estimó que el alza en el valor de la porción de terreno decretada por la judicatura fue antojadiza y sin ningún tipo de razonamiento respecto de la prueba pericial rendida por la expropiada, lo que contraviene el artículo 425 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 38 del Decreto Ley Nº2186.
1 de abril de 2023