Ley Nº21.226

¿Qué ha resuelto la Excma. Corte Suprema sobre la procedencia de decretar abandono del procedimiento en caso de que el demandante se demore 1 año en notificar la interlocutoria de prueba?

El demandante accionó contra el Fisco, reclamando el monto de la indemnización provisional consignada en razón de la expropiación de parte de su predio para desarrollar una obra de mejoramiento vial en la ruta que une las localidades de Cólico con Caburga Norte, en la región de La Araucanía.

7 de octubre de 2023

La suspensión de plazos de la Ley Nº21.226 no opera respecto de la carga que tiene el demandante de notificar la interlocutoria de prueba.

20 de septiembre de 2023
Por más de seis meses el actor no cumplió con la carga de notificar a todas las partes la resolución que recibió la causa a prueba, asilándose en la suspensión de plazos del artículo 6 de la Ley Nº21.226, tesis que fue descartada por el máximo Tribunal, al puntualizar que la inacción del demandante es incompatible con su intención de colaborar con el proceso.