Pase regio

Laudo arbitral dictado en China que condena a una empresa nacional deberá cumplirse en Chile, resuelve la Corte Suprema.

La empresa chilena no cumplió con el envío de algas secas hacia el país oriental, pese a que su contraparte pagó adelantadamente parte del total del contrato, por ende, la compañía china presentó el litigio ante una comisión arbitral, que condenó a la vendedora a la devolución de lo pagado anticipadamente. El máximo Tribunal autorizó el pase regio al observar que el laudo no vulnera el orden público nacional.

3 de agosto de 2024

Bienes situados en Chile de ciudadanos extranjeros no están exentos de la solicitud de posesión efectiva para integrar la comunidad hereditaria.

5 de junio de 2024
El máximo Tribunal desestimó el pase regio, al considerar que un acuerdo privado autorizado por la justicia trasandina, para repartir los bienes del causante entre sus hijos, no puede ser cumplido en Chile respecto de los bienes que el fallecido poseía en nuestro país, sin que se acompañe la solicitud de posesión efectiva de dichos bienes presentada en el último domicilio que el causante tuvo en Chile, pues en caso contrario, se vulneraría norma expresa que obliga realizar dicha gestión voluntaria a los herederos.

Sentencia de tribunal alemán que declara el divorcio entre dos ciudadanos chilenos debe ser cumplida en nuestro país.

12 de febrero de 2024
La magistratura estimó que el divorcio tuvo como sustento el cese de la vida en común entre los cónyuges, y que al tenor del artículo 245 del Código de Procedimiento Civil aquella causal no se contrapone con el orden público chileno, independiente de que el plazo de separación fuera menor al que exige nuestra legislación, porque la decisión se encuentra justificada en derecho; por lo tanto, el cumplimiento del fallo extranjero debe ser solicitado ante juzgado de familia que corresponda.

Corte Suprema autoriza cumplimiento en Chile de laudo arbitral que condenó a una empresa nacional por incumplimiento de contrato mercantil.

29 de enero de 2024
La demandada se comprometió a entregar patas de pollo congeladas a una empresa china, no obstante, luego del primer pago efectuado por la empresa oriental, no hubo entrega de ninguna mercadería como contraprestación, por lo que ambas acordaron el término del contrato y la empresa chilena se comprometió a devolver el pago inicial, del cual sólo abonó una fracción; por lo tanto, fue emplazada ante juez árbitro, que finalmente la condenó al pago del saldo más intereses y costas.
Exequátur acogido.

Sentencia de divorcio dictada por un tribunal español puede ser cumplida en Chile, resuelve la Corte Suprema.

El fallo del letrado ibérico no contraviene el orden público chileno, y la causal de la disolución se condice con aquella contemplada en el artículo 55 de la Ley de Matrimonio Civil, esto es, el cese efectivo de la convivencia entre los cónyuges; por lo tanto, la decisión de la magistratura española es plenamente armónica con los requisitos establecidos en el artículo 245 del Código de Procedimiento Civil.

26 de enero de 2024
Páginade 1