Reglamento General de Protección de Datos


Agencias comerciales deben abstenerse de realizar ciertas prácticas de tratamiento de datos personales por ser contrarias al Reglamento General de Protección de Datos, resuelve el TJUE.

13 de diciembre de 2023
El “scoring” debe considerarse como una “decisión individual automatizada”, en principio prohibida por el RGPD, siempre que los clientes de la agencia, como los bancos, le atribuyan un papel determinante en la concesión de créditos. Corresponde al tribunal nacional evaluar si la ley estatal contempla, de conformidad con el RGPD, una excepción válida a esta prohibición.

Responsables del tratamiento de datos personales deben informar a los particulares la fecha y propósito de las consultas de esos antecedentes, al tenor de la normativa europea.

27 de junio de 2023
El hecho de que el responsable del tratamiento desarrolle una actividad bancaria en el marco de una actividad reglada, y de que la persona cuyos datos personales fueron tratados en su condición de cliente del responsable del tratamiento también fuera empleada de ese responsable, no influye, en principio, en el alcance del derecho del que goza esa persona.

Responsables del tratamiento de datos personales deben proporcionar la información solicitada en un formato auténtico y claro.

11 de mayo de 2023
Se deben tomar las medidas para facilitar al interesado toda la información en forma concisa, transparente, inteligible y de fácil acceso, con un lenguaje claro y sencillo, y que la información se facilite por escrito o por otros medios, inclusive, si procede, por medios electrónicos, a menos que el interesado solicite que esta se facilite verbalmente.
Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Normativa alemana que regula las clases en modalidad online está comprendida dentro del ámbito de protección de la legislación europea que regula el tratamiento de datos personales.

En caso de que el órgano jurisdiccional remitente llegara a la conclusión de que las disposiciones nacionales relativas al tratamiento de datos personales en el ámbito laboral no respetan las condiciones y los límites establecidos por el artículo 88, apartados 1 y 2, del Reglamento General de Protección de Datos, deberá comprobar además si dichas disposiciones constituyen una base jurídica contemplada en otro artículo de este.

10 de abril de 2023
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