Revocación de la pena

Orden para exigir el cumplimiento efectivo de la pena luego de revocarse la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva no se puede cumplir sino hasta que la resolución quede ejecutoriada, resuelve la Corte de Copiapó.

No resulta aplicable a la situación del amparado la regla del artículo 79 del Código Penal, toda vez que la resolución que revocó la pena sustitutiva solo resolvió respecto del incumplimiento del beneficio otorgado en la sentencia, pero no aplicó una pena o condena, refiere el voto en contra.

2 de mayo de 2023