Subsidio habitacional

Beneficiaria de subsidio que le fue otorgado para adquirir una vivienda debe ser restituido al SERVIU por haber arrendado el inmueble.

La demandada no cumplió con su obligación de habitar el inmueble durante el plazo de 5 años luego de su adquisición, arrendándola a terceros e infringiendo así lo dispuesto en el artículo 60 del Decreto Supremo Nº49 del año 2011. La magistratura condenó a la beneficiaria a pagar al SERVIU las 725 UF otorgadas mediante el subsidio para la vivienda

2 de diciembre de 2023

Negar a una persona reincorporarse a la nómina de beneficiarios de subsidio habitacional por haber sido previamente sancionado por retirar sus ahorros de la libreta de vivienda, es ilegal y arbitrario, resuelve la Corte de Concepción.

17 de enero de 2023
No resulta pertinente contemplar una inhabilidad al recurrente, desde que la sanción que le fue previamente aplicada ya fue ejecutada y oportunamente se procedió a su exclusión. Lo anterior no supone en modo alguno una imposibilidad futura de integrarse a proyectos como el que se trata.