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Moción.

Buscan prohibición de vender combustible a motociclistas sin casco.

La medida que será debatida por los senadores en las próximas semanas, apunta a reforzar la seguridad de estos conductores y sus acompañantes. Hoy es obligatorio el uso de estos dispositivos de seguridad.

23 de febrero de 2018

La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones analizará una moción que modifica la ley de Tránsito, estableciendo la prohibición de vender combustible a conductores de motocicletas que no utilicen el casco protector reglamentario.
El texto de autoría  de los senadores De Urresti, Araya, García Huidobro, Letelier y Quintana, recuerda que en la actual legislación se establece la obligación de utilizar este tipo de herramienta de seguridad cuando se conducen los citados móviles.
Cabe señalar que la ley de Tránsito  sostiene que “toda persona que conduzca una motocicleta, motoneta, moto para todo terreno (de tres o cuatro ruedas) u otro vehículo motorizado similar de dos o tres ruedas, así como sus acompañantes, deberán usar casco protector"
Los legisladores aseguran  que “se ha  incrementado el número de motocicletas en los últimos años, como así también la venta de equipamiento de seguridad necesario y el condicionar la venta de combustible a la utilización del debido casco, podría reforzar el autocuidado de estos conductores, de allí la idea de introducir este requisito en la ley”.
Además, la iniciativa plantea que esta restricción también podría disuadir el robo de motocicletas, motonetas, bicimotos y moto para todo terreno de dos, tres y cuatro ruedas. Esto considerando que ahora cualquier conductor sin casco será considerado sospechoso.
Los congresistas de la Comisión del Transportes deberán analizar la idea de legislar en las próximas semanas, de vuelta del receso parlamentario. Una vez formada una opinión respecto a la pertinencia de la norma, los congresistas votarán en general su contenido.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis

 

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