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Reforma constitucional.

Moción propone incorporar al proceso de aprobación de las leyes el trámite de “socialización de los proyectos de ley” para favorecer la participación ciudadana.

“difundir a la ciudadanía el contenido de los mismos” y posibilitar a través de este mecanismo “una forma real y efectiva de participación ciudadana”, permitiéndole a “todos los miembros de la comunidad” intervenir en la elaboración de los cuerpos legales.

22 de diciembre de 2010

La moción de los Diputados Araya, Calderón, Delmastro, Farías, Isasi, Marinovic, Meza, Rivas y Sepúlveda, observa que, no obstante las normas que se contienen en el proyecto de ley que incorporaría a nuestro orden constitucional la institución de la “iniciativa popular de ley” –que se encuentra actualmente en debate en el Congreso-, “los trámites actualmente establecidos para el tratamiento de un proyecto de ley en la o las Comisiones encargadas de su discusión” son insuficientes para promover la participación ciudadana, por lo que debe incluirse en nuestro sistema, durante la discusión legislativa, lo que en el derecho comparado se denomina como “la socialización de los proyectos de ley”.
Lo anterior, con el fin de “difundir a la ciudadanía el contenido de los mismos” y posibilitar a través de este mecanismo “una forma real y efectiva de participación ciudadana”, permitiéndole a “todos los miembros de la comunidad” intervenir en la elaboración de los cuerpos legales.
La enmienda propone incorporar al artículo 69 de la Carta Fundamental una nueva regulación que disponga que “una vez que haya ingresado un proyecto de ley a cualquiera de las Cámaras”, en primer o segundo trámite constitucional -cualquiera sea su origen-, “el Presidente de la respectiva Cámara dispondrá la difusión a la ciudadanía de dicha iniciativa en la forma que establezca la ley”, de forma que “dentro del plazo que el mismo cuerpo legal contemple, los ciudadanos u organizaciones” que tengan “interés en la aprobación de dicho proyecto, o que consideren que sus derechos puedan ser afectados por su aprobación, puedan exponer sus argumentos ante la respectiva Comisión” en la forma que la ley establezca.

 

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