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Unión Europea.

El Parlamento Europeo aprueba la nueva Directiva sobre diligencia debida.

Exige a las empresas y a sus socios en toda la cadena de suministro, desde el suministro hasta la distribución, que tomen medidas para evitar, mitigar o reducir su impacto negativo de las actividades empresariales sobre los derechos humanos y el medio ambiente.

26 de abril de 2024

El Parlamento Europeo aprobó con 374 votos a favor, 235 en contra y 19 abstenciones, la Directiva sobre diligencia debida, una medida legislativa destinada a combatir las repercusiones negativas de las actividades empresariales sobre los derechos humanos y el medio ambiente.

La directiva, que fue aprobada tras intensas negociaciones con el Consejo de la Unión Europea, exige a las empresas y a sus socios en toda la cadena de suministro, desde el suministro hasta la distribución, que tomen medidas para evitar, mitigar o reducir su impacto negativo.

Con la aprobación de esta directiva, la Unión Europea se sitúa a la vanguardia en la implementación de leyes que no solo buscan regular las actividades económicas internas, sino también influir positivamente en las prácticas globales de negocios, fomentando un desarrollo sostenible y respetuoso con los derechos humanos y el entorno natural.

La eurodiputada Lara Wolters, de Países Bajos, señaló que “La votación de hoy es un hito para una conducta empresarial responsable y un avance considerable hacia el fin de la explotación de las personas y del planeta por parte de las empresas”. Y aseguró que “en el próximo mandato del Parlamento, lucharemos no solo por su rápida aplicación, sino también por hacer que la economía europea sea aún más sostenible”.

Con la aprobación de esta directiva, la Unión Europea se sitúa a la vanguardia en la implementación de leyes que no solo buscan regular las actividades económicas internas, sino también influir positivamente en las prácticas globales de negocios, fomentando un desarrollo sostenible y respetuoso con los derechos humanos y el entorno natural.

Las normas se aplicarán a las empresas y matrices con más de 1.000 empleados y un volumen de negocios mundial superior a 450 millones de euros.

También quedarán cubiertas las empresas con acuerdos de franquicia o licencia en la UE que conlleven una identidad corporativa común con una facturación superior a 80 millones de euros si al menos 22,5 millones proceden de los cánones.

Las empresas de fuera de la UE, matrices y las compañías con acuerdos de franquicia o licencia en la UE que alcancen esos umbrales de facturación en la UE también quedarán cubiertas.

Estas compañías tendrán que integrar la diligencia debida en sus políticas, realizar las inversiones pertinentes, pedir garantías contractuales a sus socios, mejorar su plan de negocio o prestar apoyo a las pymes con las que trabajan para asegurarse de que cumplen las nuevas obligaciones.

También tendrán que adoptar un plan de transición para que su modelo de negocio se alinee con el límite de calentamiento global de 1,5 °C establecido en el Acuerdo de París.

Los Estados miembros deberán facilitar a las empresas información detallada en línea sobre sus obligaciones en materia de diligencia debida a través de portales prácticos que contengan las directrices de la Comisión.

También crearán o designarán una autoridad de control encargada de investigar e imponer sanciones a las empresas que incumplan la normativa. Estas incluirán la denuncia pública y multas de hasta el 5 % de su facturación mundial neta.

La Comisión creará la Red Europea de Autoridades de Control para apoyar la cooperación y permitir el intercambio de buenas prácticas.

Las empresas serán responsables de los daños causados por el incumplimiento de sus obligaciones de diligencia debida y tendrán que indemnizar íntegramente a las víctimas.

La directiva ahora también necesita ser respaldada formalmente por el Consejo, firmada y publicada en el Diario Oficial de la UE.

Entrará en vigor veinte días después. Los estados miembros tendrán dos años para transponer las nuevas normas a sus leyes nacionales.

Las nuevas normas (excepto las obligaciones de comunicación) se aplicarán gradualmente a las empresas de la UE (y a las empresas de fuera de la UE que alcancen los mismos umbrales de facturación en la UE):

A partir de 2027, a empresas con más de 5.000 empleados y una facturación mundial superior a 1.500 millones de euros;

A partir de 2028, a empresas con más de 3.000 empleados y una facturación mundial de 900 millones de euros;

A partir de 2029, al resto de empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la directiva (incluidas aquellas con más de 1.000 empleados y una facturación mundial superior a 450 millones de euros).

 

Vea explicación de la debida diligencia

 

 

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