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Pasa al Senado en segundo trámite constitucional.

Cámara de Diputados aprobó proyecto de ley que incrementa transparencia de actividad legislativa.

La actual normativa establece que “las sesiones de comisión se realizarán sin la asistencia de público, salvo acuerdo en contrario adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros”, y añade que los materiales de registro de dichas comisiones, como grabaciones y apuntes tampoco serán públicos. Con la finalidad de facilitar el acceso del público a […]

18 de marzo de 2011

La actual normativa establece que “las sesiones de comisión se realizarán sin la asistencia de público, salvo acuerdo en contrario adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros”, y añade que los materiales de registro de dichas comisiones, como grabaciones y apuntes tampoco serán públicos.

Con la finalidad de facilitar el acceso del público a las sesiones de comisión y a los materiales de registro de la secretaría de éstas y de los comités, como también regular la asistencia de los asesores parlamentarios, el proyecto de ley plantea que las sesiones de las Cámaras, los documentos y registros de las mismas, las actas de sus debates, la asistencia y las votaciones sean públicas. Asimismo, que las sesiones de las comisiones se transmitan en línea, salvo acuerdo en contrario de conformidad a las reglas de las sesiones secretas contempladas en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

La iniciativa aprobada por la Cámara precisa que “las comisiones deberán publicar en los sitios electrónicos de las respectivas Cámaras los acuerdos adoptados, los informes que emitan, los antecedentes considerados en sus sesiones, la asistencia de los parlamentarios e invitados, las votaciones y el registro de audio del debate desarrollado en ellas”, debiendo esta información ser completa, oportuna, actualizada y de fácil identificación, entre otras regulaciones que contempla relativas al acceso de público a las sesiones.

También establece un procedimiento y sanciones a los jefes superiores de servicio o empresa estatal que se nieguen a entregar, dentro de 30 días, los informes y antecedentes que les sean requeridos por los parlamentarios y las comisiones de las Cámaras, quienes podrían ser sancionados por la Contraloría General de la República con la medida disciplinaria de multa equivalente a un tercio, media o una remuneración mensual después de habersele dado al afectado un plazo de diez días para que informe. Esa sanción podrían apelarla ante la Corte de Apelaciones de su domicilio.

 

Vea texto íntegro de la moción, informes, discusión y tramitación.

 

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