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Modifica LOC de Municipalidades.

Diputados proponen aumentar las sanciones que se pueden establecer en las ordenanzas municipales.

La moción de los diputados Calderón, Eluchans, Hoffmann, Molina, Pascal y Sabat, expone que las “ordenanzas son normas generales y obligatorias aplicables a la comunidad”, donde “a través de ellas la municipalidad puede establecer políticas y acciones locales”. Es por ello que una de las materias que se regulan “es la fiscalización sobre las fuentes […]

4 de noviembre de 2011

La moción de los diputados Calderón, Eluchans, Hoffmann, Molina, Pascal y Sabat, expone que las “ordenanzas son normas generales y obligatorias aplicables a la comunidad”, donde “a través de ellas la municipalidad puede establecer políticas y acciones locales”. Es por ello que una de las materias que se regulan “es la fiscalización sobre las fuentes emisoras de contaminación acústica.”

Observa luego que al infringir la legislación nacional que “regulan los ruidos molestos en atención a la fuente emisora” de los mismos, derivan en “las sanciones que pueden establecer las ordenanzas municipales”, limitadas por la LOC de Municipalidades “al establecer que ellas pueden sancionar la infracción a las ordenanzas, con multas que van desde 1 a 5 unidades tributarias mensuales”, lo que es insuficiente, por lo que se debe legislar en orden “atribuir a las municipalidades la facultad de aplicar sanciones de mayor envergadura”.

A tales fines, proponen modificar la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, de manera tal que se habilite para que en las ordenanzas municipales puedan “establecerse multas para los infractores, cuyo monto no excederá de veinte unidades tributarias mensuales”, siendo aplicadas por “los juzgados de policía local correspondientes”. Al mismo tiempo, que permite contemplar en las aludidas ordenanzas “la aplicación de sanciones de clausura hasta por 30 días; y comiso, en los casos que establezca la ley».

 

Vea texto íntegro de la moción.

 

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