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Segunda sala.

TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna normas referidas al estatuto de los funcionarios de la Universidad de Chile.

Las normas aludidas se refieren a la calidad de funcionarios públicos de los académicos y administrativos de la Universidad y al derecho a la estabilidad en el empleo. La gestión pendiente invocada incide en un recurso de casación, referido a un juicio de nulidad de derecho público en el que se reclama la supresión de […]

30 de abril de 2012

Las normas aludidas se refieren a la calidad de funcionarios públicos de los académicos y administrativos de la Universidad y al derecho a la estabilidad en el empleo.

La gestión pendiente invocada incide en un recurso de casación, referido a un juicio de nulidad de derecho público en el que se reclama la supresión de un conjunto de cargos en la Facultad de Ciencias Económicas.

Los actores estiman que de aplicarse la preceptiva impugnada se vulnera el artículo 65 de la Carta Fundamental.

La sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol Nº 2219.

 

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