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En primer trámite constitucional.

Cámara de Diputados aprobó iniciativa que introduce modificaciones al marco normativo que rige las aguas en materia de fiscalización y sanciones.

La Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que aumenta las herramientas de fiscalización para el correcto uso del agua, al cual se le había introducido una serie de indicaciones presentadas por un grupo de diputados, las cuales en su mayoría fueron declaras inadmisibles. La iniciativa tuvo su origen […]

22 de mayo de 2012

La Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que aumenta las herramientas de fiscalización para el correcto uso del agua, al cual se le había introducido una serie de indicaciones presentadas por un grupo de diputados, las cuales en su mayoría fueron declaras inadmisibles.

La iniciativa tuvo su origen en un mensaje del Ejecutivo el cual observó que las sanciones establecidas en este caso “no representa en la actualidad un elemento disuasivo realmente eficaz para prevenir infracciones a la normativa de aguas vigente”.

Con el objeto de perfeccionar la legislación vigente e “introducir ciertas modificaciones al marco regulatorio que rige a las aguas, con la finalidad de aumentar las sanciones por extracciones no autorizadas de aguas y, en general, por infracciones a la normativa vigente en esta materia; fortalecer las potestades fiscalizadoras y sancionatorias, y mejorar la cantidad y calidad de la información sobre recursos hídricos y derechos de aprovechamiento de aguas”, propone modificar en primer lugar el Código Penal en su artículo 459 que tipifica el delito de usurpación de aguas, aumentando la pena a presidio menor en su grado “mínimo a medio”; el guarismo “once” por “veinte” y una multa de “500” UTM, en tanto el artículo 460, que agrava la pena de dicho delito en caso que se ejecute con violencia en las personas, aumentando asimismo su penalidad a presidio menor ”en cualquiera de sus grados” y multa de 50 a 500 UTM.

En segundo lugar, enmendar el DFL N° 1122, de 1981, del Ministerio de Justicia, que fija el texto del Código de Aguas, de manera tal que en su artículo 173 se incorporen descripciones de las hipótesis de hecho que pueden sancionarse, los límites de las multas establecidas en él y los criterios para la fijación de las mismas, entre otras modificaciones que el proyecto de ley consulta.

En la oportunidad, el Presidente de la precitada Comisión, Ignacio Urrutia, aclaró que en este caso se ve “un tema sancionatorio, por lo tanto, no correspondían la mayoría de las indicaciones que presentaron los diputados de Concertación”, las cuales “estaban fuera de la idea matriz”.

A su turno, la diputada Alejandra Sepúlveda, una de las autoras de las polémicas indicaciones no estuvo de acuerdo con lo ocurrido, puesto que estas “fueron consensuadas con las juntas de vigilancia”, en particular teniendo en cuenta “que apuntaban a los tiempos en que devuelven las centrales hidroeléctricas el cauce natural de las aguas, y en que «hoy hay más de 11 mil pequeños agricultores que no pueden regar como corresponde en su predios teniendo los derechos de aguas”.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada en la Sala de la Cámara de Diputados para su despacho.

 

Vea texto íntegro del mensaje y tramitación.

 

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