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Reacción de los recurridos fue adecuada.

Corte de Santiago rechazó acción de protección en contra de autoridades sanitarias por brote de bacteria en la ex Posta Central.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la acción constitucional, al estimar que “no hay antecedente alguno que signifique una amenaza real y fuera de control a la salud de los pacientes a favor de quienes se intenta la acción constitucional”

15 de junio de 2012

Se dedujo un recurso de protección en favor de 52 pacientes hospitalizados en el Hospital de Urgencia Asistencia Pública (ex Posta Central), en contra del Subsecretario de Redes Asistenciales, la Secretaria Regional Ministerial de la Región Metropolitana, y el Director del Servicio de Salud Metropolitano Central, por no haber adoptado todas las medidas sanitarias acordes con la grave situación de contagio bacterial que amenaza a dichos pacientes. Estimaron que la acción de los recurridos constituye una amenaza para el derecho a la integridad física de los pacientes.
En su informe, la Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana solicitó el rechazo de la acción por ser extemporánea y por cuanto el recurso se caracterizaría por su ostensible vaguedad.
A su vez, el Director del Servicio de Salud Metropolitana informó señalando que no se ha podido determinar la omisión o acción arbitraria o ilegal que ha amenazado o perturbado el ejercicio del derecho fundamental invocado por los recurrentes, por cuanto las actuaciones de las autoridades sanitarias se han sujetado estrictamente a las normas legales y técnicas aplicables a este tipo de casos.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la acción constitucional, al estimar que “no hay antecedente alguno que signifique una amenaza real  y fuera de control a la salud de los pacientes a favor de quienes se intenta la acción constitucional”, toda vez que las actuaciones de los recurridos han representado una adecuada reacción al brote de la bacteria en el recinto hospitalario, por lo que no se presentan los supuestos para otorgar la tutela solicitada.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Santiago Rol N°10.665 -2012.

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