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Primera sala.

TC se pronunciará sobre la admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas relativas al pago de indemnización de perjuicios de la Ley sobre propiedad intelectual..

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la letra b) del artículo 108 y el artículo 48; ambos artículos de la Ley N° 19.039 de Propiedad Industrial.La gestión pendiente invocada recae en autos sobre demanda de indemnización de perjuicios presentada en contra de Minera Quebrada Blanca que conoce el Juzgado de […]

15 de abril de 2013

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la letra b) del artículo 108 y el artículo 48; ambos artículos de la Ley N° 19.039 de Propiedad Industrial.
La gestión pendiente invocada recae en autos sobre demanda de indemnización de perjuicios presentada en contra de Minera Quebrada Blanca que conoce el Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a una de las partes en la gestión pendiente. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente N° 2437.

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