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Segunda Sala.

TC deberá resolver si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma sobre arresto en materia de alimentos decretados judicialmente.

El requirente estima que, de aplicarse la norma reprochada, se vulnerarían sus derechos consagrados en los numerales 1, 7 y 26 de la Constitución Política y el artículo 5° inciso 2°, al transgredirse las correspondientes normas de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la de Derechos del Niño.

29 de agosto de 2013

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 1591 del Código Civil y el artículo 14 de la Ley N° 14.908.
La gestión pendiente invocada incide en un recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en materia de arresto por no pago de pensión alimenticia.
El requirente estima que, de aplicarse la norma reprochada, se vulnerarían sus derechos consagrados en los numerales 1, 7 y 26 de la Constitución Política y el artículo 5° inciso 2°, al transgredirse las correspondientes normas de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la de Derechos del Niño.
La Sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite el requerimiento, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente N° 2508.

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* TC rechazó requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba normas que facultan decretar apremio en caso que no se paguen cuotas de compensación económica…

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