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Violaciones a derechos humanos.

Ministro Llanos dictó condena por secuestro calificado de Juan Ibarra Toledo.

En el caso sublite, tuvo por acreditado que en julio de 1974 Juan Ernesto Ibarra Toledo, estudiante universitario y militante del MIR, fue detenido sin orden judicial ni administrativa alguna.

25 de abril de 2014

El Ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago, Leopoldo Llanos, dictó sentencia en la causa por el secuestro calificado de Juan Ernesto Ibarra Toledo, ocurrido a partir del 25 de julio de 1974, en la Región Metropolitana.

Al efecto, en virtud de los antecedentes reunidos en la causa, el Magistrado tuvo por establecido que “el inmueble de calle Londres N°38 era un recinto secreto de detención y tortura ubicado en el centro de Santiago y funcionó desde fines de 1973 hasta aproximadamente septiembre de 1974. Llegó a mantener un promedio de sesenta detenidos, los que permanecían con la vista vendada, con sus manos amarradas, todos reunidos en una amplia sala, desde donde eran llevados continuamente a otras dependencias para ser interrogados y torturados”.

En el caso sublite, tuvo por acreditado que en julio de 1974 Juan Ernesto Ibarra Toledo, estudiante universitario y militante del MIR, fue detenido sin orden judicial ni administrativa alguna, por agentes de la Direccion de Inteligencia Nacional (DINA) y “fue visto, posteriormente, por diversos testigos en el citado centro clandestino de detención de calle Londres N°38, ignorándose, hasta esta fecha, su paradero, sin que haya tomado contacto con sus familiares, ni realizado gestiones ante organismos del Estado, sin registrar entradas o salidas del país, sin que conste, tampoco, su defunción”.

En razón de lo anterior, el Ministro sentenció a cuatro ex agentes de la DINA, en su calidad de coautores del delito de secuestro, condenándolos a la pena de 10 años y un día de presidio, sin beneficios.

 

 

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