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Se espera informe.

Segundo Tribunal Ambiental admite a trámite reclamación presentada por empresa minera.

Admitida a tramitación, el Segundo Tribunal Ambiental solicitó del reclamado informe sobre la materia requerida dentro del plazo de 10 días.

12 de noviembre de 2014

El Segundo Tribunal Ambiental acogió a trámite la reclamación presentada por parte de Minera Esparta Limitada, en contra de la Resolución Exenta N°0838, de 23 de septiembre de 2014 del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).

Al efecto, se expone en el libelo que la resolución citada resolvió un recurso de reposición interpuesto por la empresa minera reclamante ante el SEA, en relación con la Resolución Exenta N°107 emitida por dicho organismo que dejaba sin efecto un pronunciamiento del SEA, sobre la declaración de que el proyecto “Mina Panales 1 al 54” no debería someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

Asó, aduce la empresa minera que la resolución reclamada invalidó definitivamente la Carta D.E. N°130.969 de fecha 14 de junio de 2013, la cual fundadamente estableció que el proyecto “Explotación Mina Panales 1 al 54” no debía ingresar al SEIA.

Admitida a tramitación, el Segundo Tribunal Ambiental solicitó del reclamado informe sobre la materia requerida dentro del plazo de 10 días, adjuntando copia autentificada de los expedientes de evaluación ambiental en la forma que lo dispone el artículo 29 de la Ley de Tribunales Ambientales. Recibido el informe o vencido el plazo para presentarlo, el Tribunal ordenará traer los autos en relación, y luego pronunciarse sobre el fondo del asunto sometido.

 

Vea texto íntegro del expediente Rol R-52-2014.

 

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