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Avance en la región.

CIDH presenta informe sobre “Derecho a la Verdad en América”.

El documento destaca la incompatibilidad de las leyes de amnistía con el derecho internacional de los derechos humanos, sin hacer distinción sobre su naturaleza o momento de adopción.

3 de diciembre de 2014

En el marco de los desafíos que actualmente Estados de la región afrontan con el propósito de garantizar los derechos de miles de víctimas luego de épocas de conflictos armados internos y situaciones de violencia generalizada, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó el informe sobre el Derecho a la Verdad en América. 

Al efecto, la Comisión, por medio de sus distintos mecanismos, recopiló información de las múltiples y graves violaciones a los derechos humanos que hubo durante dichos períodos. Expone el informe que representó una constante el fenómeno de la desaparición forzada, la aplicación de la jurisdicción penal militar y las leyes de amnistía a fin de liberar de responsabilidad a los responsables de violaciones de derechos humanos. También hubo, y en muchos casos aun persiste, un patrón común en cuanto a la falta de acceso a la información sobre lo sucedido.

En este contexto, el texto analiza las obligaciones que los Estados tienen en relación con el objetivo de garantizar el derecho a la verdad frente a graves violaciones de derechos humanos. Al efecto, se hace referencia específica a los avances y los desafíos en varios países de la región en esta materia. En el caso de desapariciones forzadas, el informe destaca la obligación estatal de adoptar todas las medidas necesarias para esclarecer lo ocurrido, determinar el paradero de las víctimas, identificar los restos exhumados y entregar los restos a sus familiares. Asimismo, el informe señala que los Estados no pueden continuar empleando la jurisdicción penal militar en casos de violaciones de derechos humanos, sin importar el carácter civil o militar de la víctima ni del o de los acusado(s). 

Asimismo, el documento también destaca la incompatibilidad de las leyes de amnistía con el derecho internacional de los derechos humanos, sin hacer distinción sobre su naturaleza o momento de adopción.

Y es que se aduce que todas las instituciones estatales tienen el deber de aportar toda documentación de cualquier tipo, incluyendo archivos militares o documentos clasificados como “secretos” o bajo cualquier otra denominación que restrinja su circulación, a fin de contribuir con las investigaciones que se realicen por este tipo de graves violaciones. 

Finalmente, el informe identifica los aportes positivos realizados en casi una decena de Estados por víctimas, familiares, defensores y defensoras de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil, orientados a documentar, verificar y difundir la verdad acerca de violaciones de derechos humanos, tales como comisiones no oficiales de la verdad, conducción de investigaciones, elaboración de estudios e informes, así como iniciativas orientadas a presionar a los países por el reconocimiento social y público de dichas violaciones. 

 

Vea texto íntegro del informe.

 

 

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