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Violaciones a DDHH.

Ministro Zepeda dictó sentencia por secuestro calificado y ordena construir Museo de Memoria “Colonia Dignidad”.

El Ministro instructor de la Corte de Apelaciones de Santiago, Jorge Zepeda, condenó a ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y a un miembro de la ex Colonia Dignidad.

17 de mayo de 2015

En días recientes, el Ministro instructor de la Corte de Apelaciones de Santiago, Jorge Zepeda, condenó a ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y a un miembro de la ex Colonia Dignidad, por su responsabilidad en el secuestro calificado de Álvaro Modesto Vallejos Villagrán.

Al efecto, el Magistrado Zepeda condenó en su resolución a penas de 10 años de presidio a los ex miembros de la DINA: Manuel Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko, Basclay Zapata Reyes y Fernando Gómez Segovia. Misma pena que deberá cumplir el ex miembro de la Colonia Dignidad Gerard Mücke Koschitze.

Adicionalmente, en el aspecto civil, el Ministro acogió la demanda de familiares de la víctima y ordena al fisco pagar una indemnización de $300.000.000 (trescientos millones de pesos). Asimismo, el Magistrado acogió la demanda de reparación y dispuso que el Estado de Chile construya un museo-memorial en homenaje a las víctimas de Villa Baviera.

En su sentencia, sostuvo el Ministro que, «a) Se declara la obligación del Estado de Chile de construir el sitio de memoria Museo de Memoria «Colonia Dignidad», para homenajear y reparar a la víctima Álvaro Modesto Vallejos Villagrán y a las personas que fueron privadas de libertad al igual que él y se tuvieron de ellas las últimas noticias en ese lugar antes desparecer.

b) El sitio de memoria, Museo de Memoria «Colonia Dignidad», lo construirá el Estado de Chile en los bienes nacionales de uso público consistentes en los terrenos adyacentes al camino de ingreso principal a los predios denominados «Colonia Dignidad o «Villa Baviera», en la extensión que limita con los de los predios de sus dueños, tal como se ha razonado en los considerandos 99° y 100° de la presente sentencia.

c) El Museo de Memoria recogerá los antecedentes que enseñen y fijen los sitios de encierro y tortura de las víctimas, y las fosas de inhumación clandestina de personas que el tribunal encontró y que da cuenta la causa de este mismo rol, N° 2.182 – 98, episodio «Asociación ilícita Colonia Dignidad».

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

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