En fallo dividido.
Corte de Santiago condena a suboficial del ejército (r) por homicidio simple en 1974.
El Tribunal de alzada redujo la pena de 5 años de presidio dictada en primera instancia, tras recalificar el delito de homicidio calificado a homicidio simple.

En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Santiago condenó al suboficial en retiro del Ejército Fernando Torres León a la pena de 541 años de presidio, con el beneficio de la remisión condicional, como autor de delito de homicidio simple de Claudio Gabriel Rodríguez Muñoz. Ilícito perpetrado el 2 de noviembre de 1974, en Providencia.
La sentencia sostiene que los hechos del motivo segundo de la sentencia que se revisa -en conjunto con los asentados previamente- son constitutivos del delito de homicidio simple, previsto y sancionado en el N° 2 del artículo 391 del Código Penal, toda vez que se encuentra acreditado que el acusado premunido de un arma de fuego efectuó un disparo al cuerpo de la víctima, impactándolo en el cráneo región parietal derecha, herida que ocasionó la muerte de Rodríguez Muñoz, elementos que configuran el tipo penal en referencia, tanto en su aspecto material, la cual es la acción de matar, su resultado típico, como es la muerte del occiso y la relación de causalidad entre el resultado muerte y la acción homicida.
La resolución agrega que se discrepa de la calificación jurídica del fallo atacado por considerar que no se dan en la especie los supuestos legales para la procedencia de homicidio calificado, teniendo para ello presente que la sola circunstancia de haberse encontrado herida la víctima en la extremidad superior derecha, no configura per se el actuar sobre seguro o a traición del hechor por cuanto resulta claro que Rodríguez Muñoz no se encontraba en situación total de indefensión, tanto así, que en ese estado pudo fácilmente atacar a sus custodios (un Cabo de Carabinero y dos mayordomos del Ejército) lanzándoles una granada de guerra que portaba entre sus vestimentas, lo que lleva a descartar la existencia de una situación de seguridad creada o aprovechada por el autor con el propósito de asegurar el resultado de su acción por tanto, la indefensión de la víctima.
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