En fallo unánime, La Corte de Apelaciones de Chillán confirmó la sentencia (causa rol 17-2018) que condenó a Sandra Inés Moraga Carvajal a pagar una indemnización de perjuicios por $18.780.438 a la Corporación Comunidad Jesús Niño, como reparación del delito de apropiación indebida por igual monto del que fue víctima la institución.
La sentencia ratificada sostiene que si bien es característica de los delitos y cuasidelitos civiles la producción de un daño, no es menos cierto que para que la sanción se traduzca en la restitución patrimonial, la responsabilidad requiere, no sólo de la existencia de un vínculo o relación de causalidad entre el hecho y el daño, sino que, además, debe acreditarse, la culpa o dolo del hechor de acuerdo a la realidad objetiva, cuestión fáctico jurídica, que conforme a la sentencia condenatoria allegada a los autos de causa RIT N°1968- 2016, del ingreso del Juzgado de Garantía de Chillán, con certificación de ejecutoriedad, este sentenciador tendrá por suficientemente acreditada.
La resolución agrega que con el objeto de obtener una reparación económica del daño, en su concepto sufrido, a virtud de haber sido víctima directa del delito de apropiación indebida de fondos por un monto total de $18.780.438, reparación que se traduce, por la naturaleza jurídica del delito, en el monto en dinero que se determine de acuerdo a la sentencia antes dicha. Que el monto de lo defraudado consta en requerimiento inserto en el acta de audiencia de 31 de agosto de 2017, y que sirve de base a la dictación del fallo en sede penal.
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