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Desde hoy ley.

Congreso celebró próxima promulgación de la ley que otorga reconocimiento legal al pueblo afrodescendiente presente en el país.

Con la participación de hijos, nietos y bisnietos de aquellos que llegaron al país hace muchísimos años, los Presidentes de la Cámara de Diputados y del Senado, además de parlamentarios de la Región de Arica y Parinacota.

13 de junio de 2019

El Salón de Honor del Congreso Nacional se reunieron cientos de hijos, nietos y bisnietos de aquellos que llegaron al país hace muchísimos años y que  junto a los titulares de la Cámara y del Senado y parlamentarios de ambas Corporaciones para festejar la promulgación de la ley que les da reconocimiento legal.
Cabe recordar que Chile fue uno de los primeros países del mundo en abolir la esclavitud, por lo que muchos se radicaron en el norte, especialmente venidos desde Perú en el tiempo de la colonia y otras migraciones posteriores.
La ley que otorga reconocimiento legal al pueblo afrodescendiente en Chile, a promulgarse hoy por el Ejecutivo e impulsada por los diputados Rocafull, Baltolu y Mirosevic, busca fomentar que la identidad cultural de este grupo de chilenos, así como su tradición histórica, instituciones y cosmovisión sean respetados y promovidos por parte del Estado, tal como hace con otros pueblos originarios en el país.
El Presidente de la Cámara de Diputados, Flores, se comprometió “con el nuevo mundo que se abre; con las obligaciones que nos deja el convenio 169 de la OIT en reconocimiento de personas que tienen un origen muy claro, una cultura, una cosmovisión, en las particularidades que se expresan en la ley y en el derecho de ser consultados, cuando otras acciones puedan afectar esos mismos derechos”.
La que desde hoy será ley de la República define como afrodescendientes chilenos al grupo humano que, teniendo nacionalidad chilena de conformidad a la Constitución Política, comparte la misma cultura e historia de los descendientes de la trata trasatlántica de esclavos africanos traídos al actual territorio nacional, entre los siglos XVI y XIX.
A partir del momento en que entre en vigencia la ley, este grupo de chilenos también tendrá derecho a consulta, conforme al Convenio 169 de la OIT, cada vez que se prevea dictar medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente.

 

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