Noticias

Modifica Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Proyecto busca fijar plazo a la solicitud de recepción definitiva de una obra y sancionar su incumplimiento.

Corresponde ahora que la iniciativa, en primer trámite constitucional, sea analizada por la Comisión de Vivienda, Desarrollo urbano y Bienes nacionales de la Cámara de Diputados.

28 de junio de 2019

La moción de los diputados Castro y Naranjo busca que una vez finalizadas las obras, el o la propietaria, así como el o la profesional encargado de la construcción de la obra, soliciten su recepción definitiva dentro de un plazo de 30 días a la Dirección de Obras Municipales respectiva, estableciendo que mientras ésta no se hubiera recepcionado, no pueda ser habitada o destinada a uso alguno.

Al respecto, el proyecto de ley establece sanciones al incumplimiento que se extienden no sólo al propietario o propietaria, sino que también a la persona encargada de ejecutar las obras, con miras a forzar la regularización de las obras e impedir así que éstas se mantengan en la irregularidad, lo que, eventualmente, puede repercutir en los impuestos asociados a la propiedad.

Manifiesta el proyecto a continuación que en caso que el retraso en la regularización supere los 90 días, se establece como sanción, además de la demolición de la obra construida, la suspensión del título profesional de la persona encargada de la misma que podrá ir desde los 30 días a 6 meses.

Corresponde ahora que la iniciativa –en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Vivienda, Desarrollo urbano y Bienes nacionales de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

RELACIONADOS
CS confirmó sentencia que acogió protección contra Directora de Obras de la Municipalidad de Talagante por rechazar la recepción definitiva de una construcción…

CGR se pronuncia acerca de procedencia de renovar patentes de alcoholes en inmuebles que no cuentan con recepción definitiva de la dirección de obras…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *