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En fallo unánime.

CS acoge unificación de jurisprudencia y ordena pago de cotizaciones previsionales de funcionaria municipal.

El máximo Tribunal acogió el recurso de unificación de jurisprudencia promovido por el demandante y, en sentencia de reemplazo, ordenó a la Municipalidad de Maipú pagar las cotizaciones previsionales adeudadas.

9 de julio de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió recurso de unificación de jurisprudencia y ordenó pagar las cotizaciones previsionales correspondientes al total del período que duró la relación laboral entre las partes.
La sentencia sostiene que por lo razonado, no procede aplicar la nulidad del despido cuando la relación laboral se establece con un órgano de la Administración del Estado y ha devenido a partir de una vinculación amparada en un determinado estatuto legal propio de dicho sector. Lo anterior no altera la obligación de enterar las cotizaciones previsionales adeudadas por el período en que se reconoció la existencia de la relación laboral.
Agrega que en estas condiciones, los sentenciadores de la Corte de Apelaciones de Santiago yerran al estimar que, en este caso, no procede la condena al pago de las cotizaciones previsionales que corresponden por todo el período que duró la relación laboral, más no, al no aplicar la sanción de nulidad del despido prevista en el artículo 162 del Código del Trabajo, aunque sea por argumentos diferentes a los sustentados por esta Corte, de manera que se debió acoger el recurso de nulidad fundado en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo en el sentido indicado.

Vea texto íntegro sentencia rol 25.060-2018

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