Remisión prejudicial.
TJUE señala que si un pasajero con única reserva donde hay varias líneas aéreas que realizan el viaje puede solicitar indemnización en el Estado donde se inició el trayecto.
La cuestión se genera por la anulación del último trayecto del viaje, fuera de la jurisdicción del tribunal remitente.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha señalado que En caso de vuelos objeto de una única reserva confirmada, divididos en varios trayectos y operados por distintos transportistas aéreos, la indemnización por la anulación del último trayecto puede solicitarse ante los órganos jurisdiccionales del lugar de salida del primer trayecto.
El caso comienza con dos pasajeros hicieron una única reserva confirmada para un vuelo con escalas, el vuelo comprendía tres trayectos: Alemania, Londres, Madrid y San Sebastián. El último trayecto fue cancelado por Iberia sin que se hubiese informado de ello a los pasajeros en tiempo oportuno. Flightright, empresa con domicilio social en Alemania, a la que los dos pasajeros cedieron sus derechos a compensación, presentó ante el Tribunal de lo Civil y Penal de Hamburgo, Alemania, una demanda de indemnización contra Iberia. El Amtsgericht Hamburg se pregunta si es competente para conocer del litigio respecto del trayecto que fue cancelado, dado que Madrid y Donostia/San Sebastián, lugares de salida y de llegada de dicho trayecto, se encuentran fuera de su jurisdicción. Esta cuestión exige la interpretación del Reglamento sobre la competencia judicial. El órgano jurisdiccional alemán observa que el Tribunal de Justicia declaró en una sentencia de 11 de julio de 2019 que, en el marco de un vuelo con escalas objeto de una única reserva, el transportista aéreo que haya efectuado el primer trayecto de ese vuelo, cuyo lugar de salida esté situado dentro de la jurisdicción del tribunal al que se haya acudido, puede ser demandado por todos los trayectos de dicho vuelo a los fines de un recurso de indemnización interpuesto sobre la base del Reglamento sobre pasajeros aéreos. A la luz de dicha sentencia, el Amtsgericht Hamburg se pregunta si el transportista aéreo encargado del último trayecto del vuelo (Iberia) también puede ser demandando ante él sobre esa base en el marco de una demanda de indemnización.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declara que el Reglamento sobre la competencia judicial debe interpretarse en el sentido de que, en el caso de un vuelo que haya sido objeto de una única reserva confirmada, dividido en varios trayectos operados por dos transportistas aéreos distintos, las demandas de indemnización por la anulación del último trayecto pueden presentarse ante los órganos jurisdiccionales del lugar de salida del primer trayecto, aunque vayan dirigidas contra el transportista aéreo encargado de operar el último trayecto. Según Tribunal, en el caso de un contrato de transporte aéreo que haya sido objeto de una única reserva confirmada para todo el itinerario, el transportista aéreo tiene la obligación de transportar al pasajero de un punto A a un punto D. Por ello, en el caso de un vuelo con escalas objeto de una única reserva confirmada que incluye varios trayectos, puede entenderse como lugar de ejecución de dicho vuelo, en el sentido del Reglamento relativo a la competencia judicial, el lugar de salida del primer trayecto, ya que es uno de los lugares de prestación principal de los servicios que son objeto de un contrato de transporte aéreo.
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